UNA EMPRESA AUTORIZADA PARA EMITIR BOLETAS ELECTRONICAS DE VENTAS Y SERVICIOS, ¿ PUEDE EMITIR DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRONICOS O MANUALES ?
Si el contribuyente posee varios establecimientos o sucursales, no podrá emitir documentos manuales en las sucursales en que emita boleta electrónica. Si el contribuyente no posee sucursal, no puede emitir documentos manuales.
En resumen, el contribuyente que tenga autorizada la boleta electrónica debe emitir toda su documentación de manera electrónica en la sucursal o establecimiento en que emite boletas electrónicas.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, , Normativa y Legislación, Resoluciones, Resolución N° 19 de 2008.